Opinión y Actualidad
Gesprodat
En esta sección, GESPRODAT quiere reservar un espacio a sus
trabajadores y colaboradores donde poder
expresar sus ideas, experiencias y conocimientos en formato de artículos de opinión.
Serán los
mismos profesionales de GESPRODAT quienes cada mes escribirán sobre una temática de actualidad, tendencia tecnológica o suceso reseñable, y plasmarán sus pensamientos digitalmente.
De esta forma GESPRODAT trata de acercarse aún más a sus clientes y lectores, mantener estrechas relaciones con ellos y transmitir los diferentes puntos de vistas de sus profesionales.
Opinión del mes
Anticipando el nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos Personales
Por:
Luis Andrés VarónCada vez está más cerca la aprobación de la nueva normativa europea sobre la
protección de datos de carácter personal. Se trata de una normativa todavía en fase de desarrollo, que sustituirá a la actual Directiva 95/46 y sobre la que ya se han publicado o filtrado algunos aspectos relevantes. En este artículo queremos destacar tres interesantes novedades:
1. Nos tendremos que familiarizar con el concepto “PIA” (Privacy Impact Assessment, o
Informe de Impacto de Privacidad). Se deberán confeccionar antes del tratamiento de los datos y cuando confluyan los siguientes supuestos: a) mediante dicho tratamiento, se podrán evaluar ciertos aspectos de la persona en el entorno laboral, situación económica, localización, salud, preferencias y gustos, etc; b) la información a tratar comprende vida sexual, salud, origen racial, investigaciones epidemiológicas, etc; c) mediante dicha información se podrá monitorizar espacios de acceso público (como la videovigilancia); d) el tratamiento será de gran escala (volumen) de datos genéticos, biométricos y de menores; e) otros casos que puedan requerir la consulta al órgano supervisor de protección de datos.
2. Siguiendo con las nuevas definiciones, aparece otro concepto: “
brecha de seguridad”. Las incidencias muy graves en materia de protección de datos personales deberán comunicarse en un plazo de 24 horas a la Autoridad de Control mediante un informe sobre el suceso. Asimismo, el responsable del fichero deberá comunicar dicha brecha de seguridad, si así lo estima oportuno la Autoridad de Control, a todos los afectados por la brecha de seguridad.
3. Dentro del actual marco de los derechos
A.R.C.O.,
aparece el ansiado “
Derecho al olvido”. En principio aparece como mera mención sólo, pero se deja claro que los datos personales hechos públicos (sobre todo en Internet) tales como links, copias o réplicas, deberán ser cancelados por el responsable cuando éstos se encuentren accesibles en servicios de comunicación los cuales permitan o faciliten su búsqueda o acceso.
Éstas son sólo tres importantes novedades que están confeccionándose en el nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos Personales. Desde
GESPRODAT seguimos analizando este borrador, viendo su evolución, semejanzas y diferencias con respecto a nuestra actual normativa y apostando por
servicios que integren el derecho de nuevas tecnologías en el cumplimiento de la Ley.